Cómo se calcula el aguinaldo paso a paso (con ejemplos)
El aguinaldo es el sueldo anual complementario (SAC) y se paga en dos cuotas por año. La Ley de Contrato de Trabajo lo regula en los artículos 121 a 123, y esta guía te explica cómo se calcula con la lógica que usa nuestra calculadora de aguinaldo.
Paso 1: encontrá tu mejor remuneración del semestre
Cada cuota equivale al 50 % de la mayor remuneración mensual, normal y habitual, devengada en el semestre. Cuenta todo lo que figura en el recibo como remunerativo: básico, adicionales, horas extra y comisiones. Revisá los recibos de los seis meses (enero a junio o julio a diciembre) y quedate con el mes más alto.
Paso 2: calculá la mitad
Si el mejor sueldo bruto fue de $ 1.000.000, el medio aguinaldo completo es de $ 500.000 brutos.
Paso 3: si no trabajaste todo el semestre, calculá la parte proporcional
La fórmula es: mitad del mejor sueldo × días trabajados ÷ días del semestre. El primer semestre tiene 181 días (182 en año bisiesto) y el segundo, 184. Quien entró el 1 de octubre trabajó 92 días del segundo semestre: 500.000 × 92 ÷ 184 = $ 250.000. Quien se fue el 31 de marzo trabajó 90 de 181 días: 500.000 × 90 ÷ 181 = $ 248.619 (se cobra con la liquidación final).
Paso 4: descontá los aportes
En relación de dependencia al aguinaldo se le descuenta el 17 % (jubilación 11 %, obra social 3 % y PAMI 3 %). Sobre $ 500.000 son $ 85.000, y quedan $ 415.000. Si superás el mínimo no imponible de ganancias puede haber además una retención que depende de tu situación.
Cuándo se paga
La primera cuota vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre, con cuatro días hábiles de margen para el empleador.
Errores frecuentes
- Usar el sueldo básico en lugar del mejor sueldo con todos los conceptos.
- Dividir por 30 o 365 en lugar de los días reales del semestre.
- Olvidar que, si te fuiste en el medio, tenés derecho a la parte proporcional.
Fuente oficial: Ley 20.744 (Contrato de Trabajo), artículos 121 a 123. Tu convenio colectivo puede mejorar estas reglas. Ante dudas con tu liquidación, consultá con tu sindicato o un abogado laboralista.