Cuánto cobrar como freelance en Argentina: método para fijar tu tarifa

No existe una tarifa «correcta» válida para todos, pero sí un método para saber cuál es la mínima que necesitás. Esta guía lo explica con la lógica de nuestras calculadoras de tarifa por hora y de cuánto cobrar un trabajo.

1. Definí cuánto querés llevarte por mes

Es lo que querés que te quede después de pagar gastos del trabajo, aportes e impuestos. Ejemplo: $ 1.200.000.

2. Sumá lo que cuesta trabajar

Internet, software, equipos, coworking y el monotributo o los aportes que pagás fijos. Ejemplo: $ 150.000 de gastos y $ 60.000 de monotributo.

3. Contemplá impuestos y comisiones

Si calculás un 5 % de lo que cobrás en comisiones e impuestos, necesitás facturar (1.200.000 + 150.000 + 60.000) ÷ 0,95 = $ 1.484.211 por mes. Se divide por 0,95 y no se suma 5 %, porque ese porcentaje se calcula sobre lo facturado.

4. Contá solo las horas que podés cobrar

Con 40 horas por semana, 4 semanas sin trabajar y un 70 % de tiempo facturable, son 40 × 48 ÷ 12 × 0,70 = 112 horas por mes. El resto se va en administración, reuniones sin cobrar y buscar clientes.

5. Dividí

1.484.211 ÷ 112 = $ 13.252 por hora. Ese es tu piso: por debajo de eso, cada hora te saca plata.

6. Convertilo en presupuesto

Para un trabajo de 10 horas con $ 20.000 de gastos y 20 % de ganancia, con una comisión de 10 %, el precio es $ 226.667 (la cuenta completa está en el calculador de trabajos).

Cómo mirar el mercado

La tarifa piso te dice lo que necesitás; el mercado te dice lo que podés pedir. Compará con colegas de tu rubro y con lo que tu cliente gasta si no te contrata, y ajustá hacia arriba si tu experiencia lo justifica. Cuidado con compararte con tarifas internacionales sin considerar impuestos y costos propios.

Cuándo ajustarla

Revisá tu tarifa con cierta frecuencia, sobre todo en contextos con inflación: lo que era suficiente hace unos meses puede no serlo hoy.

Para aportes e impuestos concretos de tu situación, consultá con un contador.

Escrito por Eduardo Keser. Revisión: 6 de octubre de 2026. Información general, no constituye asesoramiento profesional.

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